Tenencia responsable de mascotas
y animales de compañía
¡Protégelos como ellos a ti! Las mascotas necesitan ser cuidadas y vacunadas para prevenir enfermedades a lo largo de su vida y tener una vida más feliz.
Dirección de Aseo y Ornato - Municipalidad de Lampa
Una de las dificultades de nuestra comuna de Lampa es la “Tenencia responsable de mascotas”, que desencadena problemas sociales de salubridad y que afectan a nuestra comunidad.
Para una adecuada tenencia responsable, hay que partir por la base del amor y el respeto, si decidimos tener o rescatar una mascota, es por que tenemos el amor suficiente para cuidar de ellos como parte de la familia y debemos ser responsables de sus necesidades.
Si decidiste tener una mascota, es tu responsabilidad, no la de tu vecino, es por ello que hay que tener empatía por el espacio de los demás. Cuando sueltas a tu mascota a la calle sin supervisar, están consciente que va hacer sus necesidades en la plaza, ante jardín de algún vecino, botar algún basurero, comer algún alimento no adecuado, e inclusive lastimar algún transeúnte sin querer.
Si no tienes la capacidad de cuidar a tu mascota, ser responsable y respetuoso con tus vecinos, no tengas mascotas.
¿Cual es la diferencia entre maltrato animal y
tenencia no responsable de mascotas?
Maltrato animal
Se trata de acciones que causen daño al animal como:
- Agresiones físicas y todo tipo de abuso sexual contra animales.
- Realizar peleas de animales
- Restringir la libertad de movimiento de un animal.
- No dar alimento, agua o albergue.
- El abandono
- Mantener a un animal sin tratamiento médico y en estado de salud deplorable.
- ES UN DELITO: Se denuncia en: PDI, Carabineros de Chile o Fiscalía.
Tenencia no responsable
Se trata cuando el tutor o tutora responsable:
- No mantiene una supervisión del animal en los espacios públicos
- Permite la reproducción indiscriminada
- No brinda buen trato y cuidados veterinarios
- No recolecta ni elimina fecas
- No identifica correctamente a su mascota (implante de microchip) ni la inscribe en el registro nacional de mascotas y animales de compañía.
- ES UNA INFRACCIÓN: Se denuncia en la oficina de Zoonosis, Tenencia responsable de la Municipalidad de Lampa.
Registro Nacional de Mascotas
Ya se encuentra disponible el Registro donde puedes solicitar el ingreso de tu mascota
Las personas que tengan a su cargo un perro o gato, y sean responsables de estas mascotas, deberán realizar este registro, ya que es obligatorio.
Deben ingresar a la página web www.registratumascota.cl y acceder con su Clave Única.
Deben tener la siguiente documentación antes de registrar:
- La mascota que va a ser registrada debe contar con un microchip, ya que es el único sistema de identificación permanente, y su certificado de implantación que le entregará un médico veterinario. Este documento debe dar cuenta de las características de la mascota, como su edad, raza, fecha de nacimiento entre otros, y debe tener detallado el número de microchip, firmado y timbrado por un veterinario.
- La persona debe realizar una declaración jurada simple firmada, declarando los datos de el tutor y los de su mascota (estos deben coincidir con los datos del certificado de implantación). Este documento se puede descargar de la página web www.registratumascota.cl www.registratumascota.cl.
En el caso de vecinos de Las Condes que hicieron el implante de chip en sus mascotas en la veterinaria municipal, pueden obtener su certificado de implantación en el siguiente link, accediendo con su Clave Única.
Preguntas Frecuentes
Es el conjunto de obligaciones que contrae una persona cuando decide aceptar y mantener una mascota o animal de compañía.
Es aquella persona, natural o jurídica, que asume la tenencia responsable. Quien, reiteradamente les alimenta, alberga y que, en algunas ocasiones, se valen por estos en materias de trabajo, vigilancia y/u otros. Mayor de 18 años.
Es un dispositivo electrónico que identifica a tu mascota y le da un número único de registro. No es un GPS, pero le entrega una identidad a tu mascota, lo que permite establecer propiedad sobre un animal perdido o robado. Es del tamaño de un grano de arroz y su implantación es subcutánea e indolora. Tampoco causará alteración en la salud del animal.
El maltrato o crueldad es cualquier acción u omisión, ocasional o reiterada, que cause daño, dolor o sufrimiento a un animal. Estos hechos son sancionados con multa y presidió, además de la inhabilidad absoluta y perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animal
La ley considera el abandono como un acto de maltrato o crueldad animal. Es toda acción u omisión, ocasional o reiterada, que injustificadamente cause daño, dolor o sufrimiento a un animal. Por lo tanto, si una entidad fiscalizadora constata un hecho de este tipo, una persona puede recibir como pena, presidio y multa; además de inhabilidad absoluta y perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animal.
Se considera un acto de maltrato o crueldad animal cualquier acción u omisión, ocasional o reiterada, que injustificadamente cause daño, dolor o sufrimiento a un animal.
Para denunciar un caso de maltrato o crueldad animal, el procedimiento comienza presentando una denuncia formal en Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones (PDI) o en la Fiscalía local.
Trámite que se realiza con los siguientes antecedentes:
- Fecha, lugar, narración del suceso, y en caso de existir, un documento de un médico veterinario que indique lesiones asociadas.
- Registro del ilícito (fotografías, videos, audios, testigos, otros).
- Ser una persona mayor de 18 años. (En el caso de ser menor de edad, debes ser representado jurídicamente por un mayor de edad).
Posteriormente, el Ministerio Público revisará la denuncia y tomará las acciones que se determinen, según cada caso.
Se considera al perro que no tiene un dueño en particular, pero que la comunidad alimenta y le entrega cuidados básicos (Art. N°2, Ley 21020).
Se entiende como “animal de compañía” a aquellos animales domésticos, cualquiera sea su especie, que sean mantenidos por las personas para fines de compañía o seguridad.
Denuncia
Tenencia no responsable & Maltrato animal
Las denuncias se pueden realizar en nuestro sitio web Municipal completando el siguiente formulario de denuncia online.
Vacunación perro y gatos
La vacunación es un método de protección que ayuda a aumentar nuestras defensas contra microorganismos invasores que producen enfermedades graves cuando ingresan al organismo.
El objetivo de las vacunas es lograr una inmunización contra patógenos específicos (como por ejemplo, virus y bacterias), es decir, fortalecen nuestro sistema inmunológico para que pueda defendernos de estos intrusos.
Vacunas para gatos:
- Vacuna Triple Felina: se utiliza a partir de los 45 días de vida, se requieren tres dosis con intervalos de 15 a 21 días y protege contra Herpesvirus, Calicivirus y el virus de la Panleucopenia felina. Después de las dosis iniciales la revacunación generalmente es anual.
- Vacuna Leucemia Felina: se trata de una vacuna contra el virus de la Leucemia felina, el cual es muy prevalente en Chile. Se utiliza desde los dos meses de edad y para su administración se recomienda realizar un Retroviral que compruebe que el felino es negativo para esta enfermedad. Una vez realizada la inoculación, la revacunación es anual.
Vacunas para perros:
- Vacuna Puppy DP: Se utiliza en cachorros pequeños, desde el primer mes y generalmente hasta el segundo mes de vida. Protege contra el virus del Distemper o moquillo y contra Parvovirus, los cuales producen graves enfermedades que pueden llegar a ser mortales. Esta vacuna puede requerir un refuerzo, pero no es de forma anual.
- Vacuna Óctuple/Séxtuple: se administran desde los 45 días de vida y protegen contra el distemper o moquillo, la hepatitis infecciosa, adenovirus tipo 2, parvovirosis, parainfluenza, la leptospirosis (y el coronavirus en el caso de óctuple). Estas vacunas requieren 3 dosis con un intervalo de 15 a 21 días al empezar el esquema de vacunación en cachorros y después de esto, la revacunación se realiza de forma anual.
- Vacuna Antirrábica: se administra una vez finalizadas las dosis de Óctuple o Séxtuple, generalmente se empieza a los 3 ó 4 meses y después de esto es anual, aunque depende de la marca comercial, pues algunas otorgan una inmunidad más duradera. Recalcar que esta vacuna es obligatoria para las mascotas, el no administrar puede conllevar para los tutores, además del riesgo sanitario, a importantes multas, ya que el Gobierno de Chile las exige.
- Vacuna KC: esta vacuna es de inoculación nasal y oral. Se suele administrar a los 3 meses de edad (aunque se puede desde el primer mes de vida) y después de esto es anual. Protege contra el virus de la parainfluenza canina y Bordetella bronchiseptica, que causan la llamada “tos de las perreras”. Esta enfermedad infecciosa es muy contagiosa aunque suele provocar un cuadro clínico leve, pero que puede ser más complicada para perros de hocico corto (braquicefálicos) o inmunodeprimidos.
Contacto Oficina de Zoonosis
y Tenencia Responsable
Atención Presencial
- General Baquedano N°202, Lampa
- Lunes a Jueves: 08:30 a 14:00 / 15:00 a 17:30
- Viernes: 08:30 a 14:00 / 15:00 a 16:30
Atención Telefónico
- (+56) 224 857 681
- Lunes a Jueves: 08:30 a 14:00 / 15:00 a 17:30
- Viernes: 08:30 a 14:00 / 15:00 a 16:30